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TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE LOS ALQUILERES DE VIVIENDAS TURÍSTICAS VACACIONALES. Asesoramiento legal, fiscal y de gestión.

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Puedes y debes añadir cláusulas específicas a tu contrato de alquiler. No lo dejes al azar. Además es un gasto que te puedes deducir fiscalmente. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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El titular de la vivienda de uso turístico deberá abonar la tasa por la emisión de informe de inspección y control de la declaración responsable. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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Deberás presentar la declaración responsable de apertura de tu vivienda de uso turístico antes de iniciar la comercialización turística de tu vivienda. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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Antes de presentar la declaración responsable de apertura deberás solicitar de tu Ayuntamiento el correspondiente informe de compatibilidad de uso turístico de la vivienda con el planeamiento del municipio. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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En la vivienda de cesión compartida el propietario (persona física) deberá residir en la vivienda. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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Las hojas de admisión deben conservarse durante un mínimo de un (1) año, a disposición de Turismo. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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La persona usuaria de la vivienda tendrá derecho a la ocupación de la vivienda de uso turístico desde las 15:00 horas del primer día contratado, hasta las 11:00 horas del día de salida. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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No es obligatorio emitir factura del pago del alojamiento. Basta con el justificante de pago. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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La vivienda de uso turístico tiene que contar con un número de teléfono para atención de manera inmediata al usuario. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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Ahora también puede ser titular, el propietario (persona física o jurídica) y o quien tenga un derecho de uso sobre la misma. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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Desaparece desde el 25 de julio de 2025 la exigencia de que las viviendas de uso turístico estén situadas en suelo de uso residencial. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca

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El Decreto 50/2025, de 24 de julio sustituye desde el 25 de julio de 2025 al Decreto 225/2019, de 28 de noviembre. alquilerviviendavacacional.com/?p=10625 a través de Alquilerviviendavaca