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Joan García Fabián.

@joanmgf

Abogado. MA Derecho Civil y Comercial. Esp. Der. Penal. Comprometido con un mejor país. Director de JM Garcia Oficina de Abogados. jmgarcialaw.com

ID: 268472872

calendar_today18-03-2011 21:10:04

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Joan García Fabián. (@joanmgf) 's Twitter Profile Photo

Una suerte de ‘curanderos jurídicos’ tiene a los jueces garantistas bajo ataque. No estamos acostumbrados a que no se puede anticipar la pena y que la libertad es REGLA.

Una suerte de ‘curanderos jurídicos’ tiene a los jueces garantistas bajo ataque. No estamos acostumbrados a que no se puede anticipar la pena y que la libertad es REGLA.
Carlos Julio Martínez (@cjmartinezruiz) 's Twitter Profile Photo

La reciente Sentencia TC/0602/25 del TCRD reafirma que la duración máxima del proceso penal (art. 148 CPP) debe interpretarse conforme a la Constitución: límite real, no decorativo. Garantía efectiva contra procesos eternos.

La reciente Sentencia TC/0602/25 del <a href="/TribunalConstRD/">TCRD</a> reafirma que la duración máxima del proceso penal (art. 148 CPP) debe interpretarse conforme a la Constitución: límite real, no decorativo. Garantía efectiva contra procesos eternos.
Félix Tena de Sosa (@felixtena) 's Twitter Profile Photo

Inicio una necesaria #reflexión sobre la inteligencia artificial (#IA) y el pensamiento crítico. Esta 1 entrega, de 4, explica las #motivaciones para analizar el uso de esta herramienta y los #fundamentos metateóricos en qué abrevan los próximos análisis. acento.com.do/amp/opinion/in…

Joan García Fabián. (@joanmgf) 's Twitter Profile Photo

Totalmente de acuerdo! Quién ha ejercido en materia civil en el Distrito Nacional, sabe de la integridad y calidad del trabajo de la magistrada.

pedro balbuena (@pbalbuena) 's Twitter Profile Photo

María del Pilar Zuleta 🇨🇴 ⚖️ 🇩🇴 Se trata de un gigantesco retroceso en materia procesal penal. Se comprometen derechos indispensables para que pueda existir una real garantía al debido proceso. Tocará, de nuevo, al TCRD jugar el rol que le corresponde para asegurar la supremacía de la constitución

María del Pilar Zuleta 🇨🇴 ⚖️ 🇩🇴 (@zuletaaslegal) 's Twitter Profile Photo

"La presunción de inocencia no tiene excepciones por tipo de crimen o persona involucrada, sino que basta tener la condición de ser humano para que su aplicación sea imperativa para todos los poderes públicos y los particulares". TC/0225/25 🇩🇴

"La presunción de inocencia 
no tiene excepciones por tipo de crimen 
o persona involucrada, 
sino que basta  tener 
la condición de ser humano 
para que su aplicación sea imperativa 
para todos los poderes públicos y los particulares".
TC/0225/25 🇩🇴
María del Pilar Zuleta 🇨🇴 ⚖️ 🇩🇴 (@zuletaaslegal) 's Twitter Profile Photo

TCRD insiste, persiste y nunca desiste: El plazo de duración máxima del proceso NO está sujeto a dilaciones justificadas de la causa sino al tiempo fijado por el legislador como plazo tope de vigencia de un proceso. TC/1⃣2⃣9⃣6⃣/2⃣5⃣ Seguimos 👏👏👏

<a href="/TribunalConstRD/">TCRD</a> insiste, persiste y nunca desiste: 
El plazo de duración máxima del proceso NO está sujeto a dilaciones justificadas de la causa sino al tiempo fijado por el legislador como plazo tope de vigencia de un proceso.
TC/1⃣2⃣9⃣6⃣/2⃣5⃣
Seguimos 👏👏👏
María del Pilar Zuleta 🇨🇴 ⚖️ 🇩🇴 (@zuletaaslegal) 's Twitter Profile Photo

Ya que se promulgó el nuevo #CPPRD -Ley 97-25, les recuerdo que el Art. 110 de la CN establece que "la ley sólo dispone y se aplica para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea FAVORABLE al que esté subjúdice o cumpliendo condena". 🤓Manos a la obra penalistas🤓

Ya que se promulgó el nuevo #CPPRD -Ley 97-25, les recuerdo que el Art. 110 de la CN establece que "la ley sólo dispone y se aplica para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea FAVORABLE al que esté subjúdice o cumpliendo condena".
🤓Manos a la obra penalistas🤓
Joan García Fabián. (@joanmgf) 's Twitter Profile Photo

Iniciamos la semana con un Código Procesal Penal que debe aplicarse de inmediato, sin embargo, jueces, defensores y ministerio público no lo conocen. Los pilares del debido proceso han sido desalojados del CPP y la situación se agravaba con su aplicación sin vacatio legis.

Joan García Fabián. (@joanmgf) 's Twitter Profile Photo

Con tanto trabajo y responsabilidades que uno tiene, tener que dedicar tiempo intimar a Sirena Grupo Ramos porque no me han resuelto durante más de un año, con un aire acondicionado que tiene su garantía es algo penoso.

Con tanto trabajo y responsabilidades que uno tiene, tener que dedicar tiempo intimar  a <a href="/sirena_rd/">Sirena</a> <a href="/gruporamosrd/">Grupo Ramos</a>  porque no me han resuelto durante más de un año, con un aire acondicionado que tiene  su garantía es algo penoso.
Jorge A. Subero Isa (@jorgesuberoisa) 's Twitter Profile Photo

Me place anunciar que mediante decreto núm. 112-26 el presidente de la República, Luis Abinader, designó a Félix Tena de Sosa subconsultor jurídico del Poder Ejecutivo y juramentado en el día de hoy por el consultor.

Me place anunciar que mediante decreto núm. 112-26 el presidente de la República, Luis Abinader, designó a Félix Tena de Sosa subconsultor jurídico del Poder Ejecutivo y juramentado en el día de hoy por el consultor.
pedro balbuena (@pbalbuena) 's Twitter Profile Photo

Jorge A. Subero Isa La designación de Félix Tena de Sosa es un gran acierto. Brillante profesional del derecho con importante experiencia para el cargo. Además es una persona honesta y laboriosa como el que más . Le será de gran ayuda magistrado Jorge A. Subero Isa

María del Pilar Zuleta 🇨🇴 ⚖️ 🇩🇴 (@zuletaaslegal) 's Twitter Profile Photo

Mientras la justicia ordinaria se siga negando ferozmente a declarar la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo legal, simplemente por que sí, aun con el plazo súper vencido, la justicia constitucional seguirá en esta "repetición de la repetidera": TC/0⃣0⃣7⃣7⃣/2⃣6⃣

Mientras la justicia ordinaria se siga negando ferozmente a declarar la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo legal, simplemente por que sí, aun con el plazo súper vencido, la justicia constitucional seguirá en esta "repetición de la repetidera":
TC/0⃣0⃣7⃣7⃣/2⃣6⃣