Francisco Guillén Blandino
@franguillenrd
Abogado. 🇩🇴
ID: 115096806
https://franciscoguillen.com 17-02-2010 16:06:45
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Esta semana fue muy activa en términos congresuales y políticos. A propósito de esto, hoy hablé sobre democracia en Sol de los Sábados. “Democracia: desde Jurgen Habermas hasta Alfredo Pacheco.” m.youtube.com/watch?v=pkIGL5…
Aun no hay sanción contra “AERODOM”. Hay un aviso/anuncio de sanción. Que, como bien explica Manuel Fermín Cabral, no hay sustento legal ni contractual. Ergo, la multa no es exigible. Un apagón de 9 horas en un aeropuerto, una ley desfasada, un contrato renovado a 30 años y una
Mi reconocimiento público, por su trabajo y compromiso, para la primera jueza graduada de la Escuela Nacional de la Judicatura que llegó a la Suprema Corte de Justicia y la primera mujer en presidir la Primera Sala. PILAR Jiménez, la historia es sabia.
Tan penoso como cuestionable la decisión que impuso el presidente Luis Abinader, como voto decisivo del CNM, al no ratificar a los tres valiosos jueces de la Suprema Corte de Justicia, luego de evaluación por el Consejo Nacional de la Magistratura. Sobre eso hablaré en Sol de los Sábados mañana. Por lo
El Consejo Nacional de la Magistratura construyó, a punta de voto calificado, cinco vacantes donde solo eran dos. Conforme a la jurisprudencia constitucional y al contenido de la Constitución, el acta del Consejo deberá estar bien fundamentada en la no ratificación de los tres jueces salientes.
A mayor discrecionalidad, se exige mejor motivación. Principalmente, cuando la decisión adoptada (como la no ratificación de los jueces de la SCJ por parte del Consejo Nacional de la Magistratura) se aparta del criterio de permanencia que rige este tipo de procesos. La salida fácil es criticar la
Al evaluar y decidir sobre la ratificación de los jueces de la SCJ, el Consejo Nacional de la Magistratura ejerce funciones administrativas. Vale la cita al maestro y amigo Manuel Ruiz.
Sobre el Consejo Nacional de la Magistratura: potestades discrecionales y deber de motivación de las decisiones. Los jueces evaluados, conforme a la Constitución, poseen una vocación de permanencia derivada del principio de inamovilidad de los jueces y del principio de independencia judicial.
El Poder Judicial de la República Dominicana debe promover la creación de tasas únicas para los procesos judiciales que englobe los trámites habituales que conlleva una instancia judicial; es absurdo que para todo deba depositarse un sello o recibo de $5, 10, 30, 50 pesos. Tasa única y luego desglose.
La mayoría del Consejo Nacional de la Magistratura FABRICÓ cinco vacantes donde había dos vacantes y tres evaluaciones. ¿Cuáles criterios justifican la no ratificación? O mejor aún, ¿Cuáles criterios si habrían permitido la ratificación? Los jueces evaluados demostraron que cumplieron
¿Qué efectos tiene sobre la carrera judicial la decisión del Consejo Nacional de la Magistratura de no ratificar a los jueces SCJ evaluados en esta convocatoria? Desincentivo a los jueces de carrera, debilitamiento del sistema de justicia, salida de recursos humanos valiosos, perdida de recursos